Son sujetos cooperantes con la Administración de Justicia, atribuyéndoles con exclusividad la representación de partes en todo tipo de procesos, salvo cuando la ley autorice otra cosa. (LO 6/1985 de 1 de junio). Las retribuciones económicas por su actividad profesional se regulan con sujeción a arancel, aprobado por Real Decreto 1373/2003 de 7 de noviembre.